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DIRECCIÓN DE PERSONAL

Prestaciones otorgadas a los trabajadores de la Procuraduría Agraria

 

Concepto
Base
Confianza
Despensa
Ayuda de transporte
Previsión social múltiple
Apoyo para capacitación y desarrollo
Prima vacacional
Aguinaldo
Día de reyes
Día del niño
Día de las madres
Fondo de pensiones, ISSSTE
Servicio Médico, ISSSTE
Seguro de retiro
Sistema de ahorro para el retiro, SAR
Licencias con goce de sueldo por gravidez
Licencias sin goce de sueldo por asuntos particulares
Licencia sin goce de sueldo por ocupar puesto de confianza o cargo de elección popular
Reconocimiento único a la calidad

 

 

Prima quinquenal  

A los trabajadores por cada cinco años de servicio efectivos prestados hasta llegar a veinticinco, tendran derecho al pago de una prima como complemento del salario, los montos a obtener varían de acuerdo al siguiente esquema:

ANTIGUEDAD
QUINCENAL
MENSUAL
DE 5 A 10 AÑOS
$ 23.00
$ 46.00
DE 10 A 15 AÑOS
$ 27.50
$ 55.00
DE 15 A 20 AÑOS
$ 41.00
$ 82.00
DE 20 A 25 AÑOS
$ 54.50
$ 109.00
MAS DE 25 AÑOS
$ 68.00
$ 136.00

 

Para el trámite de la prima quinquenal deberá solicitarla por escrito a la Dirección de Personal, acompañada en su caso con hojas de servicios.

 

 

Seguros 

Seguro de Vida Institucional 

Esta compuesto por las pólizas PB1501 y PB1502, la primera es cubierta por la Institución con el 1.21% sobre el sueldo compactado mas compensación garantizada y ampara 40 meses de su sueldo, la segunda póliza es cubierta por el trabajador con el descuento del 2% sobre sueldo compactado mas compensación garantizada y ampara 68 meses, dando un total de 108 meses que cubren el fallecimiento, la incapacidad total y permanente del Servidor Público de base, confianza incluyendo mandos medios y superiores.

 

Seguro de Separación Individualizado 

Prestación a que tienen derecho los Servidores Públicos de mandos medios y superiores.

Es un beneficio opcional que tiene como finalidad fomentar el ahorro entre dichos trabajadores y preservar la dignidad y el ingreso de estos, en tanto se reincorporan, en su caso, al mercado laboral, ante la eventualidad de su separación  del servicio público.

El trabajador determinara voluntariamente y por escrito a la Dirección de Personal, el monto de prima mensual que cubrirá para el seguro. Dicho importe podrá ser por la cantidad equivalente al 2%, 4%, 5% ó 10% sobre sueldo compactado más compensación garantizada, la dependencia pagará también un importe de prima, equivalente al porcentaje que el servidor asegurado haya elegido así también podrá pagar, mediante retención en nómina primas adicionales extraordinarias hasta por el 100% de su sueldo mensual.

El importe total del seguro se constituirá por las primas pagadas por el servidor, las cubiertas por la dependencia, así como por el monto de rendimientos que se hayan generado.

El asegurado podrá solicitar el rescate del importe total de dicho seguro en los siguientes casos:

  • Separación del cargo, por así convenir a sus intereses  ó por cualquier otra causa
  • Por obtener una pensión ó jubilación en términos de ley
  • Por invalidez total ó permanente

Para lo cual deberá acompañarse a la solicitud que se formule, la constancia de baja emitida por la Dirección de Personal, identificación oficial vigente con fotografía así como comprobante de su último talón de pago.

 .

Seguro de Gastos Médicos Mayores 

Este seguro se  brinda a los Servidores Públicos y a sus dependientes económicos ( cónyuge e hijos menores de 25 años) cuyas primas serán cubiertas con recursos del gobierno federal, entendiendo por gastos médicos cubiertos, aquellos en los que incurra el asegurado dentro de la Republica Mexicana, por servicios materiales y/o tratamientos médicos requeridos para la atención de cualquier accidente cubierto ó enfermedad cubierta prescritos por un medico cirujano legalmente autorizado para el ejercicio de su profesión.

Los gastos médicos cubiertos son los siguientes:

  • Gastos de hospital, representados por el costo de habitación estándar y alimentos
  • Costo de la cama extra para un acompañante
  • Medicamentos adquiridos para el asegurado, dentro y fuera del hospital
  • Honorarios médicos por la intervención quirúrgica
  • Equipo de anestesia
  • Transfusiones
  • Análisis de laboratorio
  • Compra ó renta de aparatos ortopédicos
  • Gasto de transporte de ambulancia, terrestre ó aérea

Accidente cubierto: es aquel acontecimiento proveniente de una causa externa, súbita, fortuita y violenta, que produce lesiones corporales, en la persona del asegurado, siempre y cuando se origine dentro del periodo de la póliza y requiera atención medica dentro de los noventa días siguientes al evento que le dio origen.

No se considera accidente, cualquier lesión corporal provocada intencionalmente por el asegurado. 

 

Seguro Colectivo de Retiro 

Este seguro forma parte de la colectividad asegurada, todos los trabajadores que presten sus servicios en esta Dependencia, tanto sindicalizados como de confianza, incluyendo a los Mandos Medios y Superiores, para lo cual  el trabajador cubrirá la cantidad de $ 7.90  y la Dependencia $ 13.49 mensuales, por lo que la aseguradora pagara la cantidad de $ 25,000.00 por una sola vez, al servidor que cause baja definitiva del servicio, habiendo cumplido 30 ó 28 ó mas años de servicio e igual tiempo de cotización al ISSSTE.

 

Pago de Marcha 

En caso de fallecer un trabajador con seis meses de servicio, se cubrirá a los familiares o, en su caso, se reembolsará los gastos que hallan realizado por pago de defunción, hasta por el equivalente a cuatro meses de salario, a la presentación de: 

  • Solicitud por escrito del interesado a la Dirección de Personal en oficinas centrales, calle 16 de Septiembre No. 53 2°piso, Col. Centro, C.P. 06000.
  • Presentar documento que acredite el parentesco (acta certificada de nacimiento, matrimonio, etc).
  • Copia certificada del acta de defunción.
  • Documentación comprobatoria original que acredite las pagas de defunción.
  • Copia de identificación oficial del interesado.

Lo anterior con fundamento en el Articulo 36 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal vigente. 

 

 

Prestacion de Vacaciones

1 El personal que haya laborado más de seis meses un día en forma consecutiva disfrutará de dos periodos anuales de vacaciones, de diez días laborales cada uno.

2 El trabajador que reingrese al servicio de la Procuraduría, disfrutará de su periodo vacacional después de laborar seis meses un día en forma consecutiva.

3 En ningun caso las vacaciones pueden ser pagadas o acumuladas.

 

 

Estímulos y recompensas 


PROGRAMA DE ESTIMULOS y RECOMPENSAS

El Gobierno Federal, a través de la Procuraduría Agraria, invita a los servidores públicos con nivel operativo a participar en el Programa de Estímulos y Recompensas Civiles, que se efectúa año con año en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
Dicho Programa aplica a todos aquellos trabajadores con plaza presupuestal entre los niveles salariales del 2 al 11.

OBJETIVO

Evaluar el desempeño del personal mediante la medición cuantitativa y cualitativa de metas, en función de sus habilidades, capacidades y adecuación al puesto, a través de cédulas de evaluación que reflejen el cumplimiento de metas y factores, mismas que recibirán una calificación que le será asignada por sus jefes inmediatos.

Los candidatos a obtener estímulos, podrán ser propuestos por sus superiores jerárquicos, por su representación sindical o por sus compañeros de trabajo ante la Comisión Evaluadora, si el servidor público está adscrito a Oficinas Centrales o ante el Comité de Evaluación en el caso de Oficinas Foráneas.

La evaluación se realizará con base en los siguientes factores:

Aptitudes:

a) Conocimiento del puesto: Poseer los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para el mejor desempeño del puesto, a fin de generar los servicios con la oportunidad y con la calidad requerida;

b) Criterio: Capacidad para analizar, interpretar y aplicar políticas y normas establecidas, a efecto de solucionar los problemas laborales que se presenten;

c) Calidad del trabajo: Capacidad para efectuar con exactitud, confiabilidad y presentación, las actividades que le son encomendadas;

d) Técnica y organización del trabajo: Capacidad para interpretar y/o aplicar con mayor eficiencia los métodos y procedimientos de trabajo;

e) Necesidad de supervisión: Capacidad para realizar las labores que le son encomendadas con base en el perfil de puesto, aún sin supervisión;

f) Capacitación recibida: Capacidad para aplicar en el trabajo, los conocimientos adquiridos mediante la capacitación, a efecto de elevar la productividad.

Actitudes:

a) Iniciativa: Crear, innovar o mejorar los sistemas, procedimientos u organización del trabajo;

b) Colaboración y discreción: Apoyar mediante esfuerzo adicional las funciones institucionales, así como la utilización adecuada de la información que maneja;

c) Responsabilidad y disciplina: Grado en el que cumple con los objetivos y metas de la institución y en que se acatan las disposiciones superiores establecidas;

d) Trabajo en equipo: Participar activamente en grupos de trabajo, aportando el esfuerzo necesario para alcanzar los objetivos y las metas institucionales programadas;

e) Relaciones interpersonales: Grado en que se vincula el trabajador con sus compañeros, superiores y público en general;

f) Mejora continua: Grado en que identifica las áreas de oportunidad y las aplica para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.
Los servidores públicos para ser beneficiados con una recompensa, deberán cumplir con el perfil que se señala en la cédula de evaluación del desempeño o en su caso, elaborar un trabajo relativo a cualquiera de las metas que se hayan concretado.

PREMIOS


ESTÍMULO


Consisten en otorgar a los servidores públicos ganadores, diez días consecutivos de vacacíones extraordinarias, que no podrán integrarse a los períodos ya establecidos, ni sustituirse por pago en efectivo en caso de no disfrutarlos (podrán disfrutarse a lo largo del siguiente año).

RECOMPENSA
Consistente en la entrega de una cantidad en numerario de acuerdo a lo establecido por la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles para el año 2005

 

Otras prestaciones 

Fondo de Ahorro Capitalizable (FONAC) 

Prestación a que tienen derecho los Trabajadores con nivel del 2 al PQ3 del tabulador vigente de percepciones y deducciones..

El FONAC es un beneficio opcional que tiene como finalidad fomentar el ahorro entre dichos trabajadores y preservar la dignidad y el ingreso de estos.

La inscripción son el los meses de Diciembre y Junio, el trabajador determinara voluntariamente y por escrito la incorporación a dicha prestación a la Dirección de Personal, el descuento es $85.34 quincenal. 

 

PRESTAMOS A CORTO PLAZO Y COMPLEMENTARIOS

 

Esta prestación tiene como finalidad respaldar la economía de los trabajadores que hayan cubierto al Instituto las cuotas y aportaciones por más de un año de acuerdo al Artículo 91 de la Ley del ISSSTE, los montos a obtener varían de acuerdo al siguiente esquema:

 

MONTO DE LOS PRÉSTAMOS:

CORTO PLAZO

COMPLEMENTARIO

ANTIGUEDAD

MONTO $

ANTIGÜEDAD

MESES DE SUELDO

DE 1 A 5 AÑOS

8,000.00

DE 1 A 5 AÑOS

4

DE 5 A 10 AÑOS

10,000.00

DE 5 A 10 AÑOS

5

DE 10 A 15 AÑOS

11,600.00

MAS DE 10 AÑOS

6

DE 15 A 20 AÑOS

13,000.00

 

 

MAS DE 20 AÑOS

14,000.00

 

 

 

Para el trámite de préstamos deberán presentar la siguiente documentación:

~ Original y dos copias del último recibo de nómina.

~ Dos copias fotostáticas de la Credencial de la P.A.

~ Dos copias fotostáticas de la Credencial delIFE.

~ Copia fotostática de Comprobante de Domicilio.

~ Copia fotostática de la Hoja Amarilla del préstamo anterior. Copia fotostática de Hoja de Servicios.

~ Original de la Constancia de no adeudo al ISSSTE.

 

PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS O CONSTRUCCiÓN (FOVISSSTE)

 

Estos financiamientos sólo se concederán por concurso tratándose de programas habitacionales aprobados por el ISSSTE y que se ajusten a las disposiciones aplicables en materia de construcción.

 

NÚMERO GRATUITO: 01 800 228 22 63

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