Marco Específico

 

Con fundamento en el Artículo 14, fracción III del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1996:

Planear, normar y establecer en coordinación con las unidades administrativas y direcciones generales, los modelos y sistemas de información automatizados, requeridos para satisfacer las necesidades de la Procuraduría.

Se establece:

  • El Comité de Informática definirá, a partir de las propuestas anuales de la Dirección de Informática, las actividades en materia de informática, así como sus prioridades para la Procuraduría Agraria y se realizarán las revisiones de avance en los periodos establecidos en las sesiones ordinarias del propio Comité.

  • La Dirección de Informática establecerá políticas, técnicas, lineamientos y documentos que regulen y normen el uso, aprovechamiento y mantenimiento de los bienes y servicios informáticos aprobados en el seno del propio Comité.

  • La Dirección de Informática podrá emitir los documentos que considere necesarios para reforzar las acciones de normatividad y para difundir el buen uso de los bienes informáticos.

  • La Dirección de Informática y con el afán de apoyar el buen uso de los bienes informáticos realizará al menos un Diagnóstico Informático de cada unidad administrativa de oficinas centrales y la estructura territorial.

  • El cambio de equipo de cómputo de una unidad administrativa a otra, debe ser notificado, con oportunidad, a la Dirección de Informática mediante oficio, indicando con precisión marca, modelo y números de inventario y serie, turnando copia a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios.

  • El personal de mantenimiento externo solo podrá operar su trabajo en presencia de personal de la Dirección de Informática.

  • La Dirección de Informática propondrá al seno del Comité las alternativas de mantenimiento correctivo y preventivo para el buen funcionamiento del equipo de cómputo. El procedimiento de adquisición de servicio se instrumentará por los métodos normativos. Los contratos de mantenimiento, se realizarán con base en el inventario de equipo de cómputo, por lo que la Dirección de Recursos Materiales y Servicios de la Dirección General de Administración, contará con el inventario de bienes susceptibles a mantenimiento.

  • Cuando se detecte alguna falla en los equipos, esta debe reportase a la Dirección de Informática, a través del área de Soporte Técnico, con el procedimiento de atención de servicio, indicando el nombre de la persona que reporta, unidad administrativa de adscripción, equipo que esta fallando, modelo, marca, números de inventario y de serie y una breve descripción de la falla.

  • La Dirección de Informática será responsable de estandarizar el uso de programas de cómputo en la Institución, sólo utilizando los programas autorizados por el Comité de Informática de la Procuraduría Agraria, mismos que deben contar con la licencia correspondiente y que respondan a las necesidades tanto de operación como de desarrollo que existan en las unidades administrativas.

  • La Dirección de Informática basado en el control de software, señalará cuales son los requerimientos de software para adquisición, las herramientas de desarrollo y demás de requerimientos de software para completar las necesidades anuales de esta materia.

  • La Dirección de Informática será la responsable del desarrollo y actualización de los sistemas de información Institucionales. En reuniones formales las oficinas superiores y Direcciones Generales de la Institución establecerán los requerimientos y criterios con que se desarrollarán en estos sistemas.

  • Las Oficinas Superiores y Direcciones Generales serán responsables de supervisar los criterios y contenidos de la información contenida en los sistemas así como de los procedimientos previos a la captura de la misma en los sistemas Institucionales.

  • Para solicitar la adquisición de bienes o servicios informáticos, se debe enviar un oficio a la Secretaría General con copia a la Dirección de Informática, con justificación y descripción del uso que se le dará. La adquisición de equipo de cómputo, se hará mediante los procedimientos que marca la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, de acuerdo a las disposiciones presupuestales de la Institución.

  • Es responsabilidad de la Dirección de Informática, la instalación y administración de las redes de cómputo en la Institución. Así como normar los aspectos de seguridad y buen uso de la infraestructura de comunicaciones de datos.

  • La Dirección de Informática realizará los respaldos de la información, de las bases de datos de los Sistemas Institucionales de manera periódica así como de cualquier tipo de información valiosa para la institución en su conjunto, dichos respaldos deberán resguardarse adecuadamente.

  • Las oficinas superiores y Direcciones Generales son responsables de llevar a cabo el respaldo de su información, en discos flexibles, y de acuerdo a sus necesidades. La Dirección de Informática asesorará a las unidades administrativas, cuando éstas lo soliciten por escrito, en la realización de sus propios respaldos de información.


    Secretaría General • Dirección de Informática: di@pa.gob.mx